Concepto
Procedimiento judicial de rectificación de acta de matrimonio
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es promover una demanda de rectificación de acta de matrimonio ante la autoridad competente (Director del Registro Civil del Distrito Federal), con la finalidad de corregir un error en el nombre de la cónyuge registrado en el acta de matrimonio.
Los sujetos jurídicos relevantes son el actor o demandante, que actúa en su propio derecho, y el Director del Registro Civil del Distrito Federal, como autoridad demandada y responsable de emitir la resolución correspondiente.
Se establecen las facultades y obligaciones del actor de solicitar judicialmente la corrección del error en el acta, fundamentándose en la existencia de hechos comprobables (acta de matrimonio, acta de nacimiento) y en la normativa legal aplicable, específicamente los artículos del Código Civil y del Código de Procedimientos Civiles. La autoridad tiene la obligación de atender la petición y emitir la resolución que ordene la rectificación, en caso de acreditarse los hechos.
El procedimiento requiere el cumplimiento de formalidades procesales: la presentación de la demanda por escrito, señalamiento de domicilio para notificaciones, anexar documentos probatorios (acta de matrimonio, acta de nacimiento), y la solicitud respetuosa de que el juez provea conforme a derecho. La demanda debe fundamentarse en los artículos del 255 al 277 del Código de Procedimientos Civiles y en los artículos del Código Civil que regulan la rectificación.
Las consecuencias jurídicas del incumplimiento o de una resolución favorable son la rectificación oficial del acta de matrimonio, eliminando el error y dejando constancia del nombre correcto de la cónyuge, garantizando la certeza y legalidad del registro civil.
El documento no especifica plazos o términos procesales concretos, pero implícitamente se rige por los plazos y términos establecidos en el Código de Procedimientos Civiles para la tramitación de los procedimientos ordinarios civiles.
