Volver a Formatos

Denuncia por los delitos de daños y otros

Denuncias

Concepto

Procedimiento de denuncia penal por daños y delitos conexos

Palabras Clave

Formato Querella Formal Averiguación Previa Pruebas Documentales Fe Prejudicial Plazos Procesales Responsables Potenciales Consecuencias Nulidad Denuncia Delitos

Resumen

El objeto principal del documento es la presentación de una denuncia formal por delitos de daños y otros que resulten, con la finalidad de que se inicie la investigación y el proceso penal correspondiente en contra de quienes resulten responsables, en el marco del procedimiento establecido por el Código Federal de Procedimientos Penales.

Los sujetos jurídicos relevantes son:

  • El denunciante (en calidad de apoderado legal del afectado o propietario),
  • El querellante (persona representada por el apoderado),
  • Los responsables potenciales (conductores y propietarios de los vehículos involucrados),
  • El Ministerio Público y el Juez competente.

Las obligaciones y facultades en favor de la parte denunciante incluyen:

  • La interposición formal de la querella,
  • La aportación de pruebas documentales y testimoniales,
  • La solicitud de diligencias como la pericial y la fe prejudicial,
  • La presentación de presupuestos y valoraciones de daños,
  • La autorización para notificaciones a terceros.

En cuanto a los procedimientos y formalidades, se requiere:

  • La interposición formal de la querella en tiempo y forma,
  • La solicitud de la Averiguación Previa,
  • La señalación de fechas para testimoniales y diligencias,
  • La presentación de pruebas documentales y periciales,
  • La formalización del ejercicio de la acción penal en caso de acreditar responsabilidad.

Las consecuencias jurídicas por incumplimiento o rechazo de estas formalidades incluyen la nulidad del proceso, la imposibilidad de ejercer la acción penal o la resolución negativa de la denuncia si no se cumplen los requisitos legales o si las pruebas no son aportadas oportunamente.

Respecto a plazos y términos, el documento establece que la querella debe ser presentada en tiempo y forma, y que las diligencias como la testifical y la fe prejudicial deben señalarse en fechas específicas, aunque no se