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Denuncia por Delitos de Falsificación de Documentos y Fraude

Denuncias

Concepto

Procedimiento para denuncia y prueba en delitos de falsificación y fraude

Palabras Clave

Formato Querellante Responsables Diligencias Periciales Presentación Formal Prueba Testimonial Exámenes Caligráficos Responsabilidad Penal Denuncia Delitos

Resumen

El objeto principal del documento es la interposición de una denuncia y/o querella por delitos de falsificación de documentos, fraude y otros que resulten, con la finalidad de solicitar la investigación y sanción de los responsables.

Los sujetos jurídicos relevantes incluyen al querellante, quien actúa en calidad de víctima, y a los responsables potenciales, como el Licenciado promovente del juicio mercantil, y las personas responsables de la falsificación, firma falsa, y privación de la propiedad.

Se establecen las facultades y derechos del querellante, entre ellos:

  • La facultad de solicitar la recepción, ratificación y práctica de diligencias para el esclarecimiento de los hechos.
  • La posibilidad de admitir documentos públicos y privados presentados en el expediente.
  • La petición de exámenes periciales (caligrafía y grafoscopía) para determinar la autenticidad de firmas y documentos.
  • La ofrecimiento de prueba testimonial para acreditar la existencia de la firma y la presencia del querellante en las hechos.

Respecto a los procedimientos y formalidades, el documento requiere:

  • La presentación formal de la querella ante el Jefe del Departamento de Averiguaciones Previas.
  • La ratificación de la querella y la práctica de diligencias necesarias.
  • La admisión de documentos mediante copia certificada y la solicitud de devolución de originales, con copia certificada en autos.
  • La solicitud de oficios para la realización de exámenes periciales caligráficos y grafológicos, señalando día y hora para la toma de muestras.
  • La oferta de prueba testimonial.

Las consecuencias jurídicas en caso de incumplimiento no se especifican directamente en los fragmentos, pero implícitamente, la falta de colaboración o falsedad en los documentos puede derivar en nulidad de los actos, procedimientos sancionatorios o responsabilidad penal por falsificación y fraude. \