Denuncia por los delitos de fraude, abuso de confianza y otros
Denuncias y querellasConcepto
Procedimiento de denuncia por delitos financieros y administrativos
Palabras Clave
Resumen
El objeto o propósito principal del documento es presentar una denuncia formal por delitos de fraude maquinado, abuso de confianza y otros ilícitos federales y comunes, en contra de personas físicas y morales relacionadas con actividades financieras no autorizadas, simuladas o ilegales, con el fin de que se inicie la investigación correspondiente y se sancionen a los responsables.
Los sujetos jurídicos relevantes incluyen al Agente del Ministerio Público Federal como destinatario de la denuncia, la denunciante en su carácter de Interventora Judicial, y las personas físicas y morales presuntamente responsables de las conductas ilícitas, así como las autoridades fiscales y regulatorias a las que se solicita la colaboración (Administración Fiscal Regional, Dirección General de Ingresos, Comisión Nacional Bancaria).
Las obligaciones y facultades en favor de la autoridad incluyen:
- Recepción y ratificación de la denuncia y anexos.
- Exhibición y certificación de documentación relacionada con los hechos.
- Realización de diligencias de inspección y auditoría en los establecimientos y registros contables.
- Solicitar información y realizar verificaciones fiscales y bancarias mediante oficios y visitas.
- Comunicar los hechos a la autoridad competente en materia bancaria y fiscal.
- Proceder en contra de quienes resulten responsables conforme a la ley.
Los procedimientos y formalidades requeridas comprenden:
- La presentación formal de la denuncia ante el Ministerio Público Federal.
- La ratificación de la denuncia y la admisión de documentación anexa.
- La toma de declaraciones testimoniales.
- La inspección y compulsa certificada de libros y registros.
- La recopilación y respaldo de datos contables mediante medios electrónicos.
- La solicitud de visitas y auditorías fiscales y bancarias.
- La comunicación de los hechos a las autoridades regulatorias correspondientes. \
