Concepto
Diligencia de confrontación y contradicción en juicio oral penal
Palabras Clave
Resumen
El presente fragmento corresponde a una Diligencia de un careo procesal que se realiza en el marco de un juicio oral en materia penal en México. Su objeto principal es formalizar y documentar el procedimiento de confrontación entre los careados (procesado y testigos) con el fin de esclarecer contradicciones en sus declaraciones.
Los sujetos jurídicos relevantes en esta diligencia son el procesado, el testigo y el Juez que autoriza y supervisa la actuación, además del Secretario de Acuerdos que da fe de la misma.
Se establecen las obligaciones del testigo, quien debe identificarse, exhibir su identificación, y prestar protesta para decir verdad, bajo advertencia de las penas previstas en el Código Penal por falsedad. Asimismo, los careados tienen la obligación de declarar y reconvenirse en presencia del Juez y del Secretario, a fin de confrontar contradicciones en sus declaraciones.
Las formalidades requeridas incluyen la citación, identificación y protesta del testigo, lectura de declaraciones, y la confrontación de contradicciones mediante la exposición de las declaraciones de los careados. La diligencia se realiza en audiencia, con la presencia de las partes y en presencia del órgano jurisdiccional, quien firma al calce para constancia.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento o falsedad en las declaraciones pueden derivar en sanciones penales, dado que se advierte sobre las penas correspondientes en caso de falsedad, y la declaración de contradicciones puede afectar la valoración probatoria del proceso.
No se especifican plazos o términos en el fragmento, pero la diligencia se realiza en el momento procesal oportuno, en audiencia de debate, y con la formalidad de firma y constancia para efectos probatorios.
No se mencionan condiciones suspensivas, resolutorias u otros supuestos especiales explícitos en el texto, aunque la confrontación y declaración de contradicciones están sujetas a la normativa procesal aplicable.
