Concepto
Embargo precautorio en proceso ejecutivo sobre bien mueble
Palabras Clave
Formato Embargo Precautorio Sujetos Procesales Procedimiento Judicial Formalidades Legales Responsabilidad Depositario Notificación Y Emplazamiento Consecuencias Incumplimiento Diligencia Embarga
Resumen
El objeto principal del documento es formalizar la diligencia de embargo precautorio sobre una motocicleta, en el contexto de un proceso ejecutivo en México, Distrito Federal.
Los sujetos jurídicos relevantes incluyen al actuario que realiza la diligencia, el representante del actor (endosatario en procuración), el demandado, quien es el titular del domicilio y del bien objeto del embargo, y el depositario designado para la guarda del bien embargado.
Las obligaciones y derechos establecidos comprenden:
- La obligación del demandado de hacer pago de la cantidad reclamadas o, en su defecto, señalar bienes suficientes para garantizar la prestación.
- La facultad del actuario de requerir al demandado el pago o la identificación de bienes embargables.
- La facultad del actuario de trabar embargo sobre el bien señalado, en este caso, una motocicleta, en garantía de las prestaciones reclamadas.
- La designación y aceptación del depositario, quien recibe la posesión del bien embargado y asume la obligación de su guarda, con la advertencia de las penas por infidelidad.
Los procedimientos y formalidades incluyen:
- La identificación y citación del demandado en su domicilio, verificando su presencia.
- La solicitud formal de pago o la identificación de bienes embargables.
- La declaración del demandado respecto a su adeudo y capacidad de pago.
- La señalación del bien embargado, con descripción detallada (marca, modelo, motor, serie, placas, licencia, color).
- La aceptación del depositario y su señalamiento en el acta.
- La entrega de las copias simples, selladas y cotejadas, para efectos de emplazamiento y notificación.
- La notificación al demandado en los términos del artículo 1396 del Código de Comercio.
- La firma de los intervinientes y la declaración de fe del actuario.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento incluyen:
- La posible nulidad o rescisión de la diligencia si no se cumplen los requisitos formales o si el demandado no comparec
