Concepto

Embargo preventivo de bienes muebles en proceso ejecutivo

Palabras Clave

Formato Sujetos Procesales Jurisdicción Mercantil Procedimiento Embargo Plazo Notificación Requisitos Formalidad Bienes Muebles Garantía Consecuencias Incumplimiento Diligencia Embargo

Resumen

El objeto principal del documento es formalizar una diligencia de embargo de bienes muebles, específicamente un refrigerador y un televisor, con el fin de garantizar el cumplimiento de una obligación de pago por parte del demandado. La diligencia se realiza en presencia del representante del actor y del demandado, y tiene como finalidad asegurar la satisfacción de la pretensión mediante la afectación de bienes que puedan cubrir la cantidad reclamadas más accesorios legales.

Los sujetos jurídicos relevantes son:

  • La parte actora, quien solicita y participa en la diligencia, y designa depositario a un tercero.
  • El demandado, quien es requerido para hacer pago, se le notifica la existencia del embargo y se le emplaza para comparecer ante el juzgado.
  • El depositario, designado por el actor, quien recibe la posesión de los bienes secuestrados, acepta su cargo y se compromete a la guarda y custodia de los bienes embargados.

Las obligaciones, derechos o facultades establecidas en favor o en carga de las partes incluyen:

  • La obligación del demandado de pagar la cantidad reclamada o, en su defecto, señalar bienes que garanticen el adeudo.
  • La facultad del actor de solicitar y realizar el embargo, así como de designar depositario.
  • La obligación del depositario de custodiar los bienes embargados y aceptar el cargo en los términos señalados.
  • El derecho del actor de hacer traslado de la demanda y documentos anexos al demandado, y de emplazarlo conforme al artículo 1396 del Código de Comercio.

Los procedimientos, trámites o formalidades requeridas comprenden:

  • La constitución y formalización del embargo sobre los bienes señalados, en cantidad suficiente para cubrir la deuda.
  • La designación y aceptación del depositario, así como la puesta en posesión de los bienes secuestrados.
  • La notificación al demandado mediante entrega de copias simples de la demanda y documentos anexos.
  • La citación del demandado para comparecer en el pl