Concepto
Procedimiento de mediación y conciliación en materia penal
Palabras Clave
Formato Autoridad Facilitadora Comparecientes Identificación Derechos Y Obligaciones Propuestas De Acuerdo Firma Y Ratificación Procedimiento Formal Efectos Jurídicos Vinculantes Diligencia Mediación
Resumen
El objeto o propósito principal del documento es formalizar una diligencia de mediación y conciliación en materia penal, con la finalidad de que las partes involucradas puedan resolver sus diferencias de manera alternativa a la vía judicial, en cumplimiento de lo dispuesto por la legislación aplicable en materia de mediación y conciliación.
Los sujetos jurídicos relevantes son:
- La representación social (agente del Ministerio Público, investigador) que actúa en calidad de autoridad facilitadora del proceso.
- Los comparecientes en calidad de agraviado y/o ofendido y indiciado, quienes se identifican con sus documentos oficiales.
- Los testigos que asisten y acompañan a las partes.
Las obligaciones, derechos o facultades establecidas en favor o en carga de las partes incluyen:
- La obligación de las partes de manifestar su deseo de participar en la mediación y conciliación.
- El derecho de las partes a ser informadas de sus derechos y obligaciones, así como del proceso.
- La facultad de la autoridad de exhortar a las partes a dialogar y proponer acuerdos.
- La obligación de la autoridad de registrar y dar fe de los documentos y manifestaciones presentadas.
- La facultad de las partes de presentar propuestas de solución y llegar a un acuerdo, que será homologado o formalizado si ambas partes lo aceptan.
Los procedimientos, trámites o formalidades requeridas comprenden:
- La identificación de los comparecientes y la presentación de documentos que se les entregan y devuelven tras cotejo y certificación.
- La explicación del objeto de la diligencia, la naturaleza del proceso y los derechos de las partes.
- La exhortación a dialogar y proponer soluciones.
- La manifestación voluntaria de las partes sobre su interés en la mediación.
- La redacción y firma del acuerdo conciliatorio, en presencia del funcionario y testigos.
- La ratificación y firma del acta por las partes, con constancia ante el funcionario.
Las consecuenci
