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Escrito de Alegatos del Tercero Interesado

Modelos en materia fiscal

Concepto

Procedimiento de alegatos en defensa fiscal

Palabras Clave

Formato Tercero Interesado Autoridad Fiscal Plazo De Cinco Días Alegatos Y Pruebas Sentencia Definitiva Incumplimiento Y Nulidad Artículo 235 Código Fiscal Escrito Alegatos

Resumen

El objeto principal del documento es la presentación de alegatos por parte del tercero interesado en un procedimiento fiscal, con la finalidad de controvertir o hacer valer derechos respecto a una resolución, embargo o acto administrativo emitido por la autoridad fiscal.

Los sujetos jurídicos relevantes son el tercero interesado, quien comparece en calidad de parte con reconocimiento ante la autoridad, y la autoridad fiscal (H. Sala Regional, Tribunal Fiscal, Oficina Federal de Hacienda), así como los inspectores y terceros involucrados en el embargo o secuestro de bienes.

Las obligaciones y derechos establecidos en favor del tercero interesado incluyen la presentación en tiempo y forma de alegatos, la manifestación de hechos y pruebas que sustenten su posición, y la participación en el procedimiento conforme a lo dispuesto por el artículo 198, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación. La autoridad tiene la obligación de considerar los alegatos y pruebas presentados, así como de emitir una resolución fundamentada.

El procedimiento requiere que los alegatos se presenten en un plazo de cinco días a partir de la notificación, conforme a lo establecido por el artículo 235 del Código Fiscal de la Federación. La presentación debe hacerse en tiempo y forma adecuados, acompañando las pruebas pertinentes, y deben dirigirse a que sean considerados en la sentencia definitiva.

En caso de incumplimiento de la obligación de contestar o presentar alegatos en el plazo legal, se tendrán por ciertos los hechos y agravios planteados por el tercero interesado. La falta de respuesta de la autoridad demandada también puede implicar la aceptación de los hechos y la valoración favorable de los agravios.

Las consecuencias jurídicas por incumplimiento o inobservancia incluyen la consideración de los hechos y agravios como ciertos, la posible nulidad o invalidez de actos si se violan formalidades es