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Escrito para promover amparo directo contra sobreseimiento por inactividad procesal

Escritos

Concepto

Solicitud de protección para evitar el sobreseimiento por inactividad en amparo directo

Palabras Clave

Formato Promovente Tribunal Colegiado De Circuito Amparo Directo Artículo 74 Fracción V Procedimiento De Promoción Requisitos Formales Continuidad Procesal Escrito Promover

Resumen

El presente documento tiene por objeto promover en un juicio de amparo directo la solicitud de emisión de una resolución que evite el sobreseimiento por inactividad procesal, específicamente en cumplimiento de la fracción V del artículo 74 de la Ley de Amparo.

Son sujetos jurídicos relevantes el promovente, en su carácter de representante legal de la quejosa, quien actúa en su propio nombre y en calidad de apoderado, y el H. Tribunal Colegiado de Circuito, autoridad jurisdiccional competente para conocer y resolver la petición.

Se establecen las facultades del promovente para solicitar expresamente la emisión de la resolución que impida el sobreseimiento, en ejercicio de su representación legal, y se reconoce la competencia del tribunal para atender y resolver la petición formulada.

El procedimiento consiste en presentar un escrito de promoción dirigido a ese H. Tribunal, en el que se solicita formalmente que se dicte la resolución correspondiente para evitar el sobreseimiento por inactividad procesal. La formalidad requiere que el escrito incluya la identificación del expediente, la personalidad acreditada del promovente, la referencia a la fracción V del artículo 74 de la Ley de Amparo, y la expresión concreta de la petición.

No se establecen expresamente consecuencias jurídicas por incumplimiento en el fragmento proporcionado, aunque en la práctica, la omisión de realizar la solicitud podría derivar en el sobreseimiento del asunto por inactividad, afectando la continuación del proceso.

El plazo o término para la presentación del escrito no se especifica en el fragmento, pero se señala que la solicitud se realiza en la fecha y lugar indicados, por lo que se presume que debe hacerse dentro de los términos procesales correspondientes.

No se mencionan excepciones, condiciones suspensivas o supuestos especiales en los fragmentos analizados. La solicitud se realiza en ejercicio de la facultad del promovente para evitar el sobreseimiento, sin condicion