Escrito de Autorización para Oír y Recibir Notificaciones
Modelos en materia fiscalConcepto
Autorización para representación en procedimientos fiscales
Palabras Clave
Resumen
El presente documento tiene como objeto principal la autorización expresa para que la persona o representante designado en el escrito pueda actuar en nombre del promovente en los procedimientos administrativos fiscales, específicamente en la recepción de notificaciones, interposición de recursos, promociones, alegatos y rendición de pruebas ante las autoridades fiscales, en particular ante la H. Sala Regional del Tribunal Fiscal de la Federación.
Los sujetos jurídicos relevantes son: el promovente, en calidad de representante legal o apoderado, y la negociación o empresa representada, a quien se le confiere la facultad. Además, se identifica al Licenciado (nombre y cédula profesional) en favor del cual se otorgan dichas facultades, así como la autoridad fiscal correspondiente.
Las obligaciones y derechos establecidas en favor del representante autorizado comprenden: recibir citas y notificaciones en nombre del promovente, hacer promociones, ofrecer y rendir pruebas, alegar y presentar recursos en su representación. La autoridad fiscal queda obligada a reconocer y respetar esta autorización para efectos de notificación y actuación en el procedimiento.
En cuanto a las procedimientos y formalidades, el documento requiere que la autorización se formalice mediante escrito presentado ante la autoridad competente, señalando claramente los datos del representante, la negociación, y la cédula profesional, además de cumplir con los artículos 19 y 200 del Código Fiscal de la Federación. La firma del promovente, lugar y fecha, constituyen requisitos de validez y formalidad.
Respecto a las consecuencias jurídicas por incumplimiento, si el representante autorizado no cumple con las facultades conferidas, la autoridad puede desconocer sus actos o notificaciones, y el promovente puede cuestionar la validez de las actuaciones realizadas por dicho representante. La nulidad puede derivarse de la falta de formalización adecuada o de la inexistencia de l
