Concepto
Cesión de derechos hereditarios en proceso sucesorio
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del presente documento es solicitar formalmente la cesión de derechos hereditarios que fueron reconocidos en un procedimiento de juicio sucesorio intestamentario en favor del cesionario, en virtud de la resolución emitida por el juzgado el día y año especificados.
Los sujetos jurídicos relevantes son el cedente (quien presenta la solicitud), el cesionario (a quien se transfieren los derechos hereditarios), y el Juzgado de Primera Instancia competente, que conocerá y resolverá la petición.
Las obligaciones y derechos establecidos en favor del cesionario consisten en que se le tengan por cedidos los derechos hereditarios reconocidos en la resolución judicial, con efectos jurídicos que implican la transmisión de la titularidad de dichos derechos. La parte que cede los derechos (el solicitante) mantiene su obligación de fundamentar y acreditar la procedencia de la cesión.
El procedimiento requiere la presentación de un escrito formal en el que se invoquen los fundamentos legales (arts. 4o. del Código de Procedimientos Civiles y 1436 del Código Civil vigente en el estado), y la solicitud expresa de que el juzgado tenga por cedidos los derechos en los términos señalados. La petición debe acompañarse de la resolución judicial que reconoce los derechos hereditarios. La solicitud se realiza en el instante procesal correspondiente, solicitando que se ** acuerde de conformidad**.
Las consecuencias jurídicas en caso de incumplimiento o negativa del juzgado no se especifican en este fragmento, pero implícitamente, la resolución favorable genera la constancia y reconocimiento formal de la cesión, con efectos legales respecto a la transmisión de derechos hereditarios.
No se mencionan plazos específicos para la resolución, aunque la petición se realiza en un momento procesal determinado, y la formalidad de la protesta de lo necesario indica la intención de cumplir con los requisitos procesales p
