Concepto
Declaración de rebeldía y confesión ficta en proceso civil
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es formalizar la declaración de rebeldía del demandado por haber transcurrido el plazo legal para contestar la demanda, y solicitar en consecuencia que se tengan por confesados los hechos no controvertidos y que las notificaciones se realicen mediante Boletín Judicial.
Los sujetos jurídicos relevantes son el actor que promueve el escrito, el demandado cuya rebeldía se acusa, y el juez de lo civil que tiene la facultad de resolver sobre la rebeldía y las notificaciones.
Las obligaciones en favor del actor incluyen: solicitar formalmente la declaración de rebeldía, que se tengan por confesados los hechos no contestados, y que las notificaciones se realicen a través del Boletín Judicial. En carga del demandado, está la obligación de contestar la demanda en el plazo establecido, cuya omisión genera la rebeldía y las consecuencias jurídicas que de ella emanan.
El procedimiento consiste en presentar un escrito ante el juez dentro del plazo concedido para contestar la demanda, en el cual se acusa la rebeldía por el incumplimiento, se solicita que se tengan por confesados los hechos no contestados y que las notificaciones se hagan por medio del Boletín Judicial. Además, se requiere que el juez declare formalmente la rebeldía y ordene las notificaciones.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento incluyen: la presunción de que los hechos no contestados son ciertos (confesión ficta), y que las notificaciones posteriores se realicen a través del Boletín Judicial, lo que puede afectar el derecho del demandado a recibir notificaciones personales.
El plazo relevante es el período de _______________ días que se concede al demandado para contestar la demanda, transcurrido el cual se declara la rebeldía. La vigencia de este plazo es esencial para la procedencia de la declaración de rebeldía y las acciones subsiguientes.
No se establecen condiciones suspensivas, resolutorias u otros supuestos especiales en este fragmento, aunque
