Concepto
Defensa y reconvención en juicio de rescisión contractual mercantil
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es presentar la contestación a una demanda en un juicio de rescisión con reconvención, en el que el demandado busca defender su posición y solicitar una reconvención en su favor.
Los sujetos jurídicos relevantes son el actor, quien interpone la demanda, y la parte demandada, representada por el administrador único de la sociedad anónima (S.A.), quien comparece mediante apoderado y en calidad de representante legal.
Las obligaciones y derechos establecidos en favor de una parte incluyen:
- La obligación del actor de acreditar la acción y el derecho para demandar la rescisión del contrato.
- La obligación del demandado de negar la existencia de ciertos hechos, justificar el cumplimiento del contrato, y en su caso, solicitar la entrega de mercancía y el pago de gastos y costas mediante reconvención.
- La obligación del demandado de pagar intereses moratorios en caso de incumplimiento contractual, fundamentado en el artículo 380 del Código de Comercio.
Los procedimientos y formalidades requeridas comprenden:
- La presentación del escrito de contestación en tiempo y forma, señalando domicilio para oír notificaciones y autorizando a apoderado.
- La exposición de hechos, derecho y reconvención, fundamentando cada uno en disposiciones del Código de Comercio y en los hechos del expediente.
- La solicitud al juez de que acuerde conforme a derecho, además de protestar lo necesario.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento o rechazo de las pretensiones incluyen:
- La posible negativa a la rescisión del contrato, en su lugar, el reconocimiento del perfeccionamiento del mismo y el pago de intereses.
- La obligación de entregar la mercancía y pagar gastos y costas en caso de reconvención, con base en la existencia y perfeccionamiento del contrato de compraventa.
- La aplicación de los artículos 1371 a 1387 y 1377 a 1390 del Código de Comercio, en la tramitación del juicio.
Los plazos o términos procesales se deducen d
