Concepto
Solicitud de exhibición y publicación de oficios y edictos en proceso civil
Palabras Clave
Resumen
El presente documento tiene por objeto solicitar al Juez de lo Civil la admisión y trámite de la exhibición de oficios y edictos relacionados con un proceso judicial en curso, en cumplimiento del artículo 122 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
Los sujetos jurídicos relevantes son el compareciente, quien actúa en calidad de parte interesada debidamente acreditada en autos, y el Juez de lo Civil, autoridad jurisdiccona a quien se dirige la petición. También se mencionan los funcionarios emisores de los oficios y edictos, así como las personas a quienes se dirigen los edictos publicados.
Se establecen las obligaciones del compareciente de presentar los oficios y edictos remitidos, y la facultad del Juez de ordenar la apertura del juicio a prueba por el término de ley, en caso de que no se hayan presentado personas que deduzcan derechos o excepciones. Además, se solicita que las notificaciones futuras se realicen mediante Boletín Judicial, en atención a la incomparecencia de terceros.
El procedimiento requerido implica la exhibición formal de los oficios y edictos, la constatación de su publicación y la inacción de terceros, así como la petición al Juez para que se tenga por contestada la demanda en sentido afirmativo y que se ordene la apertura del juicio a prueba. La formalidad incluye la presentación del escrito, la firma del compareciente y la solicitud expresa de acuerdo con lo solicitado.
No se especifican consecuencias jurídicas por incumplimiento explícito en el fragmento, pero implícitamente, el no cumplimiento de la exhibición o de las formalidades podría afectar la continuación del proceso o la validez de las notificaciones.
Los plazos o términos procesales se refieren al término de ley para la publicación de edictos y la eventual apertura del juicio a prueba, así como la solicitud de que las notificaciones se hagan por Boletín Judicial, en atención a la inacción de terceros.
No se mencionan condiciones suspensiv
