Concepto
Procedimiento de inventario solemne en proceso sucesorio
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es comunicar la autorización oficial para la realización de un Inventario Solemne de bienes del De Cujus en el contexto de un Juicio Sucesorio Intestamentario, en cumplimiento de una orden judicial emitida por el Juzgado de lo Familiar.
Los sujetos jurídicos relevantes son:
- El Notario Público a cargo de la notaría, quien tiene la facultad de realizar el inventario en forma solemne.
 - El Albacea Universal, en calidad de representante y responsable de la ejecución del inventario.
 - El Juzgado de lo Familiar, que ordena y supervisa el procedimiento.
 - El Ministerio Público, que solicita la realización del inventario.
 - La persona que envía los documentos y el personal del Notario que cotejará y devolverá los documentos.
 
Las obligaciones y facultades establecidas son:
- La notificación formal al Notario Público para que proceda a realizar el Inventario Solemne.
 - La entrega por parte del Albacea de todos los documentos necesarios, en una caja cerrada y flejada.
 - La relación de documentos entregados, para su cotejo y devolución.
 - La obligación del Notario de sellar y firmar de recibido los documentos entregados.
 
Se establecen procedimientos y formalidades:
- La entrega en sobre cerrado y flejado de los documentos.
 - La elaboración del inventario en forma solemne en la notaría.
 - La relación por duplicado de los documentos entregados, para efectos de control y devolución.
 - La firma y sello del Notario para constatar la recepción.
 - La devolución de los documentos tras cotejo.
 
No se especifican consecuencias jurídicas explícitas por incumplimiento en el fragmento, pero en el contexto general, el incumplimiento de las formalidades o la omisión de la entrega de documentos podría afectar la validez del inventario o generar responsabilidad para las partes.
No se mencionan plazos, términos o vigencias específicos en
