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Escrito de Legatario Requiriendo la Entrega de su Legado

Juicio sucesorio

Concepto

Reclamación judicial de bienes por legatario

Palabras Clave

Formato Legatario Testamento Procedimiento Judicial Entrega De Bienes Notificación Ministerial Declaración De Legatario Responsabilidad Por Incumplimiento Escrito Requiriendo

Resumen

El objeto principal del documento es solicitar formalmente la entrega del legado a favor del legatario, en cumplimiento de lo dispuesto en el testamento del finado _______________.

Los sujetos jurídicos relevantes son: el legatario, quien actúa en su propio derecho y en representación del interés que le confiere el legado; el finado _______________, cuya voluntad testamentaria se invoca; y el juez de lo familiar, autoridad competente para resolver la reclamación.

Las obligaciones y derechos establecidos en favor del legatario comprenden: el derecho a la declaración judicial de su carácter de legatario y a la entrega de los bienes legados, así como la obligación del juez de admitir la reclamación y ordenar la entrega conforme a la voluntad testamentaria del finado. El juez también tiene la facultad de señalar día y hora para la audiencia de entrega y de ordenar la notificación al Ministerio Público.

Los procedimientos y formalidades requeridos incluyen: la presentación del escrito en el expediente correspondiente, la acreditación de la personalidad del legatario mediante copia certificada de su acta de nacimiento, la anexión de copia certificada del acta de defunción del finado y del testamento, y la solicitud formal de la declaración de legatario y la entrega de bienes.

Las consecuencias jurídicas por incumplimiento de la autoridad o de las partes pueden derivar en la negativa a la entrega, nulidad de la resolución o posible responsabilidad por incumplimiento de la obligación de entregar los bienes legados. La resolución judicial que declare el legatario y ordene la entrega constituye el acto final que perfecciona el derecho del beneficiario.

No se especifican plazos, términos o vigencias en el machote, pero la referencia a la audiencia y la notificación implica que el proceso sigue los términos procesales previstos en los artículos 790 y siguientes del Código de Procedimientos Civiles, con la eventual fijación de día y hora para la diligencia.

No