Escrito para impugnar notificación o acto administrativo ante el Tribunal Fiscal
EscritosConcepto
Procedimiento de impugnación de actos administrativos fiscales
Palabras Clave
Resumen
El presente documento tiene como objeto principal la impugnación de una notificación o acto administrativo dictado por la autoridad fiscal, específicamente ante la Sala Regional del Tribunal Fiscal de la Federación.
Los sujetos jurídicos relevantes son el representante legal de la persona física o moral afectada, en su carácter de apoderado general para pleitos, cobranzas y actos de administración, y la autoridad fiscal que emite el acto impugnado. El representante actúa en nombre y en favor de su representada, quien es la beneficiaria de la impugnación.
Se establecen las facultades del representante, incluyendo la autorización para recibir notificaciones, promover recursos, ofrecer pruebas y alegar en nombre de su representada, en conformidad con los artículos 19 y 200 del Código Fiscal de la Federación. Además, se reconoce la personalidad del representante y la validez del poder, acompañado del registro correspondiente.
El objeto del escrito es presentar un recurso de impugnación contra el acto administrativo, notificación, acuerdo o resolución que modifica, confirma o impone sanciones (como multas), en un plazo de 45 días hábiles contados a partir de la fecha en que surtió efectos la notificación, conforme a lo establecido en el artículo 121 del Código Fiscal de la Federación.
El procedimiento requiere que el impugnante ofrezca pruebas documentales públicas, testimoniales y periciales, acompañadas de los cuestionarios correspondientes, para sustentar sus agravios. Se especifica que las pruebas deben estar relacionadas con los hechos y agravios alegados, y que deben acompañarse en el recurso o solicitarse su remisión en caso de estar en otros expedientes.
Se detallan las formalidades procesales, incluyendo la presentación del escrito en tiempo y forma, la justificación de la personalidad del representante, la autorización de terceros, y la oferta de pruebas. También se prevé la posibilidad de solicitar la nulidad de la notificación o acto administra
