Concepto
Procedimiento de suspensión y cancelación de embargo y remate
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es solicitar la intervención del juez para suspender el remate de bienes embargados y obtener la devolución de los mismos, o bien, cancelar el embargo trabado sobre bienes muebles o inmuebles, mediante la presentación de un escrito formal acompañado del pago de lo principal y, en su caso, de intereses y costas.
Los sujetos jurídicos relevantes incluyen al compareciente (deudor o parte interesada), el juez competente, el profesional autorizado (Licenciado en Derecho con cédula profesional registrada), y en su caso, terceros responsables de gestionar las diligencias o de ordenar el levantamiento del embargo.
Las obligaciones y derechos en favor del solicitante comprenden: presentar el escrito en tiempo y forma, acompañar el billete de depósito que ampare el pago del principal e intereses, solicitar prudente indicación del monto de costas, y gestionar la suspensión del remate y el levantamiento del embargo. En contraparte, el juez tiene la facultad de ordenar la suspensión del remate, la devolución de los bienes, o la cancelación del embargo, y de indicar el monto de costas a depositar.
Los procedimientos y formalidades requeridas incluyen: la presentación del escrito con los datos completos del solicitante, la aportación del billete de depósito, la solicitud formal de suspensión del remate y levantamiento de embargo, y la autorización del representante legal mediante cédula profesional registrada. Además, se recomienda acompañar certificación de depósito y solicitar al juez la fijación prudente de costas.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento o por la falta de cumplimiento de las formalidades incluyen la posible improcedencia de la suspensión o cancelación del embargo, la pérdida de la facultad de pagar y cancelar el remate, y la imposibilidad de obtener la devolución de los bienes embargados. La venta del remate, una vez aprobada, es irrevocable.
Los plazos y términos se refieren a: el término que fije el juez
