Concepto
Promoción de excepción de incompetencia en materia laboral
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es promover la incompetencia de las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje en un asunto laboral, solicitando que, tras la declaración de incompetencia por razón de la materia, los autos sean remitidos a la Junta Local correspondiente.
Los sujetos jurídicos relevantes son el promovente, en calidad de Apoderado Jurídico General de la empresa denominada, y el actor (persona que promueve la demanda laboral). El representante del promovente actúa en su propio nombre y en interés de la negociación, presentando la excepción de incompetencia.
Las obligaciones y derechos establecidos en favor del promovente incluyen:
- Formular y presentar el escrito de excepción de incompetencia, acompañado de los documentos que acrediten su personalidad y poder.
- Oponerse a la demanda del actor, negando derechos reclamados y ofreciendo las excepciones y pruebas pertinentes.
- Solicitar que la autoridad declare la incompetencia y remita el asunto a la Junta Local competente.
- Formular las solicitudes de reconocimiento de personalidad, aceptación de la excepción de incompetencia, y contestación de la demanda.
Los procedimientos y formalidades requeridas comprenden:
- La presentación formal del escrito ante la autoridad correspondiente, con la documentación que acredite la representación.
- La exposición de la excepción de incompetencia en términos claros y fundados, sustentados en la ley y en la prueba documental (por ejemplo, acta notarial del objeto social).
- La formulación de defensas y excepciones en la contestación de la demanda.
- La solicitud expresa de que, en caso de declararse la incompetencia, se remitan los autos a la Junta Local, garantizando así la correcta vía procesal.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento o rechazo de las excepciones incluyen la posible continuación del proceso en la Junta Federal, o la pérdida del derecho a controvertir la competencia, si no se alegan oportunamente las
