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Escrito por el que se Promueven Medios Preparatorios a Juicio

Jucio mercantil

Concepto

Procedimiento preparatorio para reconocimiento de crédito mercantil

Palabras Clave

Formato Sujetos Jurídicos Reconocimiento De Firmas Medios Preparatorios Procedimiento Formal Plazos Procesales Prueba De Crédito Consecuencias Incumplimiento Escrito Promueven

Resumen

El objeto principal del presente documento es promover medios preparatorios a juicio ordinario mercantil, con la finalidad de obtener reconocimiento y verificación de la existencia y monto de una obligación por parte del deudor, en este caso, una sociedad anónima.

Los sujetos jurídicos relevantes son el promovente, quien actúa en calidad de representante legal de una sociedad (representada por un apoderado con cédula profesional), y la sociedad deudora, contra quien se dirigen las acciones. También intervienen los representantes legales y el actuario encargado de realizar los requerimientos y reconocimiento de firmas.

Las obligaciones en favor del promovente consisten en acreditar la existencia del crédito mediante facturas y contrarecibos, así como la firma de un dependiente del deudor en dichos documentos. En favor del deudor, se establecen las obligaciones de reconocimiento de firmas, origen y monto del adeudo, mediante reconocimiento bajo protesta de decir verdad ante el actuario.

Los procedimientos y formalidades incluyen la promoción de los medios preparatorios mediante escrito formal, la orden al actuario para que requiera al deudor en su domicilio, y la realización de reconocimiento de firmas y monto del adeudo en presencia del representante legal del deudor. Además, se solicita la emisión de copias certificadas y copias simples de las constancias del proceso.

Las consecuencias jurídicas por incumplimiento de las obligaciones del deudor incluyen que, si no realiza el reconocimiento de firmas, origen o monto del adeudo, se puede presumir la existencia y cuantía del mismo, permitiendo avanzar en el proceso judicial correspondiente. La falta de reconocimiento o negativa del deudor puede dar lugar a la integración del juicio principal con los elementos probatorios recabados.

Se establecen plazos específicos en los que el deudor debe comparecer y realizar los reconocimientos, así como la tramitación de los medios preparatorios, aunque no se especifican térmi