Concepto
Declaración de ejecutoria de sentencia civil
Palabras Clave
Resumen
El presente documento tiene por objeto solicitar la declaración de ejecutoria de una sentencia dictada en un juicio de divorcio, con la finalidad de que la misma produzca todos sus efectos legales sin necesidad de recursos adicionales.
Los sujetos jurídicos relevantes son el actor, quien comparece en calidad de parte solicitante, y el juez de primera instancia en materia civil, quien es la autoridad competente para resolver la petición.
Se establecen las facultades del solicitante para promover la solicitud de declaración de ejecutoria, fundamentándose en los artículos 123 y 124, fracción II, del Código de Procedimientos Civiles, y en el artículo 562 del mismo código, que regula el cumplimiento de la sentencia una vez transcurrido el plazo legal sin que se hayan interpuesto recursos.
El procedimiento requerido consiste en la presentación del escrito ante el juez competente, solicitando que se declare la sentencia como ejecutoriada, y que el juez, en virtud de la solicitud, acuerde de conformidad con lo solicitado.
Las consecuencias jurídicas por el incumplimiento de esta solicitud o por la omisión de la declaración de ejecutoria, incluyen la imposibilidad de que la sentencia siga siendo susceptible de recursos ordinarios, permitiendo su cumplimiento y ejecución definitiva.
El trámite se realiza mediante un escrito formal, en el que se solicita expresamente la declaración de ejecutoria, y en el que el solicitante manifiesta su protesta de decir lo necesario para dar cumplimiento a lo dispuesto.
No se establecen plazos específicos en el machote, pero la declaración de ejecutoria se fundamenta en la expiración del plazo legal para interponer recursos, por lo que el término relevante es el establecido en los artículos citados.
El documento no contempla condiciones suspensivas, resolutorias o supuestos especiales, limitándose a solicitar la declaración de ejecutoria en los términos legales.
Se relaciona con la figura jurídica de la ejecutoria de s
