Concepto
Declaración de rebeldía y notificación por cédula en estrados
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es solicitar formalmente al juez que declare la rebeldía del demandado y que se le hagan las notificaciones por medio de cédula fijada en los estrados del juzgado, en caso de que el demandado no haya contestado la demanda dentro del término legal establecido.
Los sujetos jurídicos relevantes son el demandado, a quien se le solicita la declaración de rebeldía y las notificaciones, y el juez de primera instancia civil, quien es la autoridad competente para resolver la petición.
Las obligaciones y facultades en favor del solicitante consisten en:
- Solicitar formalmente la declaración de rebeldía del demandado, en virtud de su incomparecencia.
- Pedir que las notificaciones se practiquen mediante cédula fijada en los estrados, en atención a la falta de domicilio señalado por el demandado.
Las obligaciones y formalidades requeridas incluyen:
- Presentar un escrito en tiempo y forma, fundamentado en los artículos del Código de Procedimientos Civiles correspondientes (arts. 4o., 265, 266 y 268).
- Fundamentar la petición en la incomparecencia del demandado y en la falta de domicilio para notificaciones.
- Solicitar expresamente la resolución del juez en el sentido de decretar la rebeldía y ordenar las notificaciones.
Las consecuencias jurídicas por el incumplimiento de las solicitudes, en este caso, serían la declaración de rebeldía del demandado, lo cual implica que se le tendrán por admitidos, salvo prueba en contrario, los hechos de la demanda que no contestó.
El procedimiento establecido implica la presentación del escrito, la fundamentación legal, y la petición de acuerdo del juez, quien deberá resolver de conformidad con lo solicitado mediante el acuerdo correspondiente.
No se mencionan plazos específicos en el fragmento, pero la declaración de rebeldía se basa en la inacción del demandado dentro del término legal, y la notificación por cédula en estrados se realiza en atención a la falta de
