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Escrito para Solicitud de Ejecución de Sentencia de Amparo Indirecto

Amparo indirecto

Concepto

Declaración de ejecutoria de sentencia de amparo

Palabras Clave

Formato Juez De Distrito En Materia Civil Sentencia De Amparo Definitiva Recurso De Revisión Plazo Legal De 15 Días Formalidades De Solicitud Efectos De Ejecutoria Nulidad Del Trámite Escrito Solicitud

Resumen

El objeto principal del documento es solicitar al juez de distrito en materia civil que declare la ejecutoria de la sentencia de amparo definitiva, una vez transcurrido el plazo legal para interponer recursos de revisión, sin que se haya promovido ninguno.

Los sujetos jurídicos relevantes son el abogado solicitante, en calidad de representante autorizado del quejoso, y el juez de distrito en materia civil, quien es la autoridad competente para resolver la petición.

Las obligaciones en favor del solicitante consisten en acreditar su carácter de representante autorizado y en cumplir con los requisitos formales señalados en la Ley de Amparo, específicamente en relación con los plazos y términos procesales. La obligación del juez, en su caso, es emitir la resolución correspondiente para declarar la ejecutoria de la sentencia de amparo.

El procedimiento establecido requiere que el solicitante presente un escrito formal en el que se indique que ha transcurrido el plazo legal para interponer recursos (revisión), sin que exista recurso promovido, solicitando expresamente la declaración de ejecutoria. Además, debe cumplir con las formalidades de firma, protesta y entrega del documento en tiempo y forma.

La consecuencia jurídica por incumplimiento de estos requisitos o por la no presentación en el plazo establecido puede ser la no declaración de la ejecutoria, lo que retrasaría la ejecución de la sentencia de amparo o podría generar la nulidad del trámite. La declaración de ejecutoria tiene efectos de definitividad y ejecutabilidad, permitiendo la ejecución forzada de la sentencia de amparo.

El plazo o término relevante en este trámite es el previsto por el artículo correspondiente de la Ley de Amparo, que generalmente es de 15 días hábiles para que las partes puedan interponer recurso de revisión, y en este caso, la solicitud se formula una vez transcurrido dicho plazo sin que exista recurso promovido.

No se identifican excepciones, condiciones suspensi