Concepto
Cesión de derechos crediticios hipotecarios
Palabras Clave
Resumen
El presente documento tiene por objeto formalizar la cesión de crédito en pago respecto de un crédito hipotecario, mediante la transmisión de derechos crediticios por parte de la cedente a favor del cesionario, en el contexto de una operación de pago o liquidación de deuda.
Los sujetos jurídicos relevantes son la cedente, quien ostenta el crédito hipotecario y la titularidad del mismo, y el cesionario, quien adquiere todos los derechos accesorios del crédito, incluyendo el derecho de cobro, en representación de una sociedad mercantil constituida y autorizada legalmente.
Las obligaciones y derechos en favor del cesionario comprenden la adquisición del crédito hipotecario, incluyendo todos los derechos accesorios, derechos de cobro de cuotas de amortización e intereses pendientes, y la subrogación en los derechos de la cedente respecto del crédito y las garantías asociadas.
Se establecen las formalidades y procedimientos mediante la intervención notarial, la identificación de las partes, la referencia a escrituras previas autorizadas, certificaciones y registros públicos, así como la descripción detallada de las fincas hipotecadas, sus características, inscripciones y montos garantizados.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento incluyen la posible nulidad de la cesión si no se cumplen los requisitos formales, la subrogación en derechos del cesionario, y la obligación de la cedente de garantizar la vigencia y existencia del crédito en el momento de la transmisión.
El documento especifica plazos y vigencias, como el interés pactado (por ejemplo, 16% anual) y el plazo para el pago, además de la vigencia de las facultades representativas del apoderado que interviene en el acto, estableciendo límites temporales para la validez del acto.
Se contemplan condiciones suspensivas o resolutorias implícitas en la validez del crédito y en la existencia de cargas, así como en la condición de que las fincas hipotecadas esté
