Concepto
Procedimiento de interrogatorio testimonial en juicio de usucapión
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del fragmento es establecer el procedimiento de interrogatorio en el contexto de un juicio de usucapión, con el fin de obtener información testimonial relevante sobre la posesión, dominio y características del predio denominado “XALNENETLA” ubicado en Los Reyes Quiahuixtlan, Tlaxcala. La finalidad es acreditar los hechos constitutivos de la posesión continua, pacífica y pública, que sustenten la reclamación de propiedad mediante usucapión.
Los sujetos jurídicos relevantes en este procedimiento son el testigo presentado por la parte que promueve la acción, quien debe ser examinado en relación con su conocimiento y percepción sobre el predio y su posesión. La parte que presenta al testigo tiene la obligación de proporcionar sus generales y garantizar la veracidad de sus declaraciones, en cumplimiento de la protesta de ley.
Las obligaciones establecidas en favor de la parte que ofrece el testimonio incluyen la presentación del testigo en el momento y lugar señalados, la formulación de preguntas específicas y pertinentes respecto a la identidad del testigo, su relación con el predio, las colindancias, la posesión ejercida y el tiempo de conocimiento del dominio, así como la declaración de la forma en que se ha ejercido la posesión. La obligación del testigo es responder con veracidad y dar razón de su dicho, bajo protesta de ley.
El procedimiento formal requiere la comparecencia voluntaria del testigo en la fecha y hora señaladas, la formulación de preguntas específicas en el interrogatorio, y la declaración final de que dará razón de su dicho. Se establece además la estructura del interrogatorio con preguntas dirigidas a acreditar los hechos esenciales para la constitución del título de propiedad por usucapión, incluyendo la descripción del predio, las colindancias, la identidad del propietario y poseedor, y la naturaleza y continuidad de la posesión.
No se especifican consecuencias jurídicas directas por incumplimiento en el fragmento, pero en
