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Juicio Sucesorio Intestamentario a Bienes

Sucesion intestamentaria

Concepto

Procedimiento de sucesión intestamentaria y nombramiento de perito valuador

Palabras Clave

Formato Herederos Legítimos Jurisdicción Puebla Demanda Sucesoria Aceptación De Perito Inventario Y Avalúo Plazos Procesales Falsedad Y Responsabilidad Juicio Sucesorio

Resumen

El objeto principal de los documentos es, por un lado, promover y sustentar una demanda de sucesión intestamentaria para obtener la declaración judicial de herederos, el nombramiento de albacea y la realización del inventario y avalúo de los bienes hereditarios, y por otro, la aceptación formal y protesta del cargo de perito en valuación designado en dicho proceso sucesorio.

Las partes involucradas comprenden a los herederos promoventes (descendientes y concubina supérstite), el de cujus (fallecido), los testigos para acreditar relaciones de hecho, las autoridades judiciales y registrales (jueces, notarios, registro civil), el abogado patrono que representa a los promoventes, y el perito valuador (arquitecto designado) que acepta y protesta el cargo para emitir dictamen técnico.

Las obligaciones y derechos principales incluyen:

  • Para los promoventes: solicitar formalmente la declaración de herederos y nombramiento de albacea (provisional y definitivo), presentar documentos probatorios (actas de defunción, nacimiento, escrituras, certificados de libertad de gravamen, avalúos), ofrecer probanzas testimoniales y documentales para acreditar parentesco y derechos hereditarios, y solicitar medidas de aseguramiento si fuere necesario.
  • Para el perito valuador: aceptar y protestar el cargo bajo protesta de decir verdad, acreditar su capacidad profesional mediante cédulas, emitir dictamen pericial y ratificarlo si se requiere, además de someterse a interrogatorio en el proceso.

Los procedimientos y requisitos contractuales señalados contemplan:

  • La presentación escrita de la demanda de juicio sucesorio conforme a los artículos 769 y siguientes del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla, acompañada de documentos probatorios y anexos.
  • La publicación de edictos en medios oficiales y de amplia circulación para convocar a herederos desconocidos o interesados.
  • La solicitud de informes a autoridades registrales y notaria