Volver a Formatos

Oficio que remite expediente por recusación

Juicio de usucapion

Concepto

Remisión de expediente judicial por recusación

Palabras Clave

Formato Juez De Lo Civil Recusación Expediente Judicial Auto Previo Procedimiento Procesal Formalidad Documental Control Jurisdiccional Oficio Remite

Resumen

El presente fragmento tiene por objeto formalizar el envío del expediente judicial por motivo de recusación del juez de lo civil.

Los sujetos jurídicos relevantes son el juez de lo civil que recibe el oficio, el actor que promovió la recusación, y en su caso, la parte en contra o el expediente mismo.

Se establece la obligación del remitente de remitir el expediente, especificando su cantidad de fojas útiles, para que el juez recuse o se avoque al conocimiento del asunto.

El trámite o procedimiento consiste en la emisión del oficio de remisión, en cumplimiento a un auto previo, señalando la causa, el número de expediente, y la razón de la remisión (recusación del suscrito).

No se especifican consecuencias jurídicas por incumplimiento en este fragmento, aunque implícitamente, la omisión podría afectar la correcta sustanciación del procedimiento o la validez del trámite.

No se establecen plazos o términos específicos en este fragmento; sin embargo, la referencia al auto dictado y la formalidad del oficio sugieren que la remisión debe realizarse en un plazo razonable y conforme a los autos del expediente.

No se mencionan condiciones suspensivas, resolutorias u otros supuestos especiales en este fragmento.

Este documento se relaciona con figuras procesales como la recusación, la sustanciación de incidentes y la remisión de expedientes, además de formar parte del procedimiento de recusación y del control jurisdiccional.

En síntesis, el oficio tiene como finalidad formalizar la remisión del expediente judicial por recusación del juez, asegurando la continuidad y legalidad del proceso, y estableciendo la obligación del remitente de facilitar la documentación necesaria para que el juez pueda conocer y resolver la recusación conforme a las formalidades procesales.