Concepto
Ampliación de acervo probatorio en etapa de control de garantías
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es la oferta de nuevos elementos de prueba en un proceso penal, específicamente en el marco de un procedimiento de control de garantías o etapa probatoria, con la finalidad de ampliar el acervo probatorio ya existente.
Los sujetos jurídicos relevantes son el abogado defensor del imputado, quien presenta la solicitud, y el Juez de Control, quien es la autoridad competente para admitir y ordenar el desahogo de las nuevas probanzas.
Las obligaciones y facultades establecidas en favor del abogado defensor incluyen la formalización de la oferta de nuevas probanzas en los términos y fundamentos legales correspondientes, así como la solicitud para que el juez fije fecha para su desahogo. La autoridad judicial tiene la obligación de fijar la fecha y asegurar el correcto desahogo de las pruebas propuestas, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo correspondiente del Código de Procedimientos Penales.
El procedimiento requiere que el defensor presente por escrito, en la forma establecida en el machote, las nuevas probanzas, especificando su pertinencia y fundamentación legal. Se solicita formalmente que el juez fije una fecha para su desahogo, garantizando su realización en los términos del código aplicable.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento no se especifican en el fragmento, pero en la práctica, la omisión de presentar o solicitar oportunamente las pruebas puede afectar la valoración del proceso o la defensa del imputado, así como la posibilidad de que las pruebas no sean admitidas o desahogadas.
El documento establece un plazo implícito para que el juez fije la fecha del desahogo, en virtud del trámite procesal correspondiente, y hace referencia a los términos del artículo legal aplicable, asegurando así la legalidad del procedimiento.
No se mencionan excepciones, condiciones suspensivas o supuestos especiales en el fragmento, aunque en la práctica podrían contemplars
