Ofrecimiento de Prueba Pericial para Vinculación a Proceso
Pruebas en l el sistema penal acuasatorioConcepto
Oferta y desahogo de prueba pericial médica en proceso penal
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es la oferta de prueba pericial médica por parte del defensor particular dentro del plazo establecido para el desahogo del incidente de vinculación a proceso, específicamente durante la audiencia correspondiente, con la finalidad de acreditar la inocencia del imputado y cuestionar las declaraciones de confesión obtenidas bajo tortura.
Los sujetos jurídicos relevantes son: el defensor particular que promueve la prueba, el Juez de Control a quien se dirige la solicitud, el perito designado (Doctor) quien rendirá el dictamen, y en su caso, la parte acusada (mi defendido) cuya inocencia se busca demostrar.
Las obligaciones y facultades establecidas en favor del defensor comprenden:
- La presentación formal de la oferta de prueba pericial médica, fundamentada en derechos constitucionales (artículo 20 Apartado B fracción IV y artículo 19 constitucional).
 - La designación del perito, su aceptación y la protesta de su cargo, así como la solicitud para que rinda su dictamen en el plazo constitucional.
 - La especificación de los puntos o hechos sobre los cuales versa la prueba, relacionados con lesiones o huellas de violencia en el cuerpo del defendido.
 
En cuanto a los procedimientos y formalidades, se requiere:
- La presentación escrita de la oferta de prueba durante la audiencia de vinculación a proceso, o en su caso, de forma oral en esa misma audiencia.
 - La designación formal del perito, la toma de protesta, y la solicitud para que rinda su dictamen dentro del plazo legal.
 - La referencia a la posible ampliación del plazo si la defensa lo considera necesario.
 
Respecto a las consecuencias jurídicas por incumplimiento, el machote no las detalla explícitamente; sin embargo, en la práctica, la no aceptación o no desahogo de la prueba pericial en los términos solicitados puede afectar la valoración probatoria y la defensa del imputado, pudiendo derivar en la indefensión o en la vulneración de derechos c
