Ofrecimiento de Pruebas por Parte del Ministerio Público - Delito Hostigamiento Sexual
Pruebas en l el sistema penal acuasatorioConcepto
Oferta y admisión de pruebas en proceso penal
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es la oferta de pruebas por parte del Ministerio Público en el marco del proceso penal por el delito de hostigamiento sexual, específicamente dentro del plazo establecido para dictar el auto de vinculación a proceso. Su finalidad es garantizar la presentación formal y oportuna de las pruebas que se consideran relevantes para la resolución del asunto.
Los sujetos jurídicos relevantes son el Ministerio Público, en calidad de parte que ofrece las pruebas; el Juez de Control o autoridad judicial que debe admitir y resolver sobre dichas pruebas; y el inculpado o probable responsable, respecto de quien se solicitan pruebas periciales para determinar su perfil psicológico y mental.
Las obligaciones y facultades en favor del Ministerio Público incluyen la de ofrecer pruebas en la etapa procesal correspondiente, sujetándose a los plazos constitucionales y legales (artículo 19 constitucional). Además, tiene la facultad de solicitar al juez la admisión y desahogo de dichas pruebas, así como el oficio a las autoridades periciales para la realización de dictámenes necesarios.
Por parte del juez, recae la obligación de admitir las pruebas ofrecidas, señalar la fecha para su desahogo y garantizar que el proceso se conduzca en los términos establecidos por la ley, en particular, respetando el plazo constitucional para la resolución del auto de vinculación a proceso.
Los procedimientos y formalidades requeridas incluyen la oferta formal de pruebas mediante un pedimento dirigido al juez, la admisión de las mismas en la audiencia correspondiente, y la solicitud de informes periciales mediante oficio a las autoridades competentes. Además, se requiere la presentación de pruebas testimoniales y periciales, especificando claramente los hechos y las cuestiones técnicas a resolver.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento de estas formalidades o plazos pueden derivar en la **nulidad de la pr
