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Prevención para exponer antecedentes del acto reclamado

Amparo indirecto

Concepto

Procedimiento de prevención y señalamiento en amparo

Palabras Clave

Formato Promovente Autoridades Demandadas Plazo De Tres Días Requerimiento Formal Procedimiento De Amparo Consecuencias De Incumplimiento Requisitos De Admisión Prevención Exponer

Resumen

El objeto principal del documento es solicitar la prevención y el señalamiento de hechos y antecedentes del acto reclamado en un procedimiento de amparo, con la finalidad de que el órgano jurisdiccional pueda admitir la demanda y determinar su procedencia.

Los sujetos jurídicos relevantes son el promovente (quien presenta la demanda de garantías), en representación de una sociedad, y las autoridades demandadas, específicamente el jefe de gobierno del Distrito Federal y otras autoridades involucradas.

Las obligaciones establecidas en favor del promovente consisten en señalar, dentro del término de tres días, los hechos que le constan y que constituyen antecedentes del acto reclamado, acompañando copias suficientes del escrito aclaratorio para correr traslado a las partes. La autoridad judicial tiene la obligación de requerir esta información y notificar personalmente al promovente.

Los procedimientos o trámites requeridos incluyen: (a) la presentación de la demanda de garantías, (b) el requerimiento formal al promovente para que en un plazo de tres días señale los hechos y antecedentes del acto reclamado, (c) la entrega de copias para traslado, y (d) la notificación personal del requerimiento.

La consecuencia jurídica por incumplimiento de la obligación de señalar hechos y antecedentes en el plazo establecido es la declaración de que no se ha interpuesto la demanda, es decir, la improcedencia del juicio de amparo.

El plazo o término establecido para que el promovente señale los hechos y antecedentes es de tres días, contados a partir de la notificación del requerimiento.

No se identifican condiciones suspensivas, resolutorias u otros supuestos especiales en los fragmentos proporcionados; sin embargo, la obligación de señalar hechos es condición para la admisión del juicio, y su incumplimiento conlleva la pérdida del derecho a continuar con la demanda.

La relación con figuras jurídicas generales se establece en el marco del procedimiento de amparo