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Radicación de Procedimiento Paraprocesal por Despido

Contratos laborales

Concepto

Procedimiento de radicación y notificación en despido laboral

Palabras Clave

Formato Sujetos Trabajadores Y Empleadores Jurisdicción Laboral Competente Notificación Personal Y Levantamiento De Acta Formación De Expediente Laboral Publicación En Lista De Acuerdos Plazos Procesales Y Formalidades Validez De Diligencias Y Acuerdos Radicación Procedimiento

Resumen

El objeto principal del documento es la radicación de un procedimiento paraprofesal por despido ante la autoridad laboral competente, con el fin de formalizar y dar inicio al trámite legal correspondiente.

Los sujetos jurídicos relevantes incluyen al trabajador afectado, cuya rescisión del contrato de trabajo se notifica, y al trabajador demandado (patrón o empleador), a quien se le corre traslado del escrito y anexos para que pueda ejercer su derecho de defensa.

Se establece la obligación del órgano jurisdiccional de formar el expediente respectivo, registrar el asunto en el Libro de Gobierno, y notificar al trabajador en el domicilio señalado, garantizando así la debida publicidad y conocimiento del procedimiento.

Se faculta a un Actuario Notificador de la Junta para realizar la notificación personal, debiendo levantar acta circunstanciada de la diligencia, asegurando la validez y constancia del acto procesal.

Las obligaciones del órgano jurisdiccional incluyen la emisión del acuerdo, la notificación personal, y la publicación en lista de acuerdos, con la finalidad de dar publicidad y garantizar el cumplimiento del procedimiento.

El documento establece que la notificación se realiza en forma personal, y que el acuerdo correspondiente fue aprobado y firmado por la Junta, con la autorización del Secretario General, en presencia de los funcionarios competentes, constituyendo así una formalidad esencial para la validez del acto.

No se precisan plazos específicos en el fragmento, pero se indica que las actuaciones y publicaciones deben realizarse en tiempo y forma legales, implicando la observancia de los términos procesales previstos en la legislación laboral aplicable.

No se mencionan excepciones, condiciones suspensivas o supuestos especiales en los fragmentos analizados, aunque la formalidad de la notificación y el registro en lista de acuerdos sugieren la existencia de requisitos procesales rigurosos.

El procedim