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Radicación de un procedimiento de reconocimiento y titulación de bienes comunales

Modelos en materia agraria

Concepto

Procedimiento de titulación y reconocimiento de bienes comunales en el ámbito agrario

Palabras Clave

Formato Tribunal Superior Agrario Tribunal Unitario Agrario Notificación Personal Competencia Jurisdiccional Emisión De Sentencia Requisitos Formales Consecuencias Jurídicas Radicación Procedimiento

Resumen

El objeto principal del documento es formalizar la radicación y reconocimiento de un procedimiento de titulación de bienes comunales, específicamente en el ámbito agrario mexicano, a través de la intervención del Tribunal Superior Agrario y el Tribunal Unitario Agrario.

Los sujetos jurídicos relevantes incluyen al Tribunal Superior Agrario, que realiza el traslado del expediente; al Tribunal Unitario Agrario, que recibe y conoce del asunto; a la Secretaría de Acuerdos, encargada de registrar y dar cuenta del proceso; y a los solicitantes, quienes son los beneficiarios o partes interesadas en el reconocimiento y titulación de los bienes comunales, además de los ejidos y pequeños propietarios colindantes, quienes deben ser notificados personalmente.

Las obligaciones y facultades en favor del Tribunal incluyen:

  • La competencia para conocer del procedimiento, fundamentada en disposiciones constitucionales y legales (artículos constitucionales, Ley Agraria, Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios y acuerdos de distribución territorial).
  • La emisión de la sentencia correspondiente tras la tramitación del expediente. Las obligaciones en carga de las partes incluyen:
  • La notificación personal a los solicitantes y colindantes, garantizando su conocimiento del proceso.

Los procedimientos y formalidades requeridas comprenden:

  • La relación y traslado del expediente por parte del Tribunal Superior Agrario.
  • La declaración de competencia del Tribunal Unitario Agrario, sustentada en fundamentos jurídicos y acuerdos publicados en el Diario Oficial.
  • La notificación personal a los interesados.
  • La emisión de la sentencia correspondiente.

Las consecuencias jurídicas por incumplimiento no se especifican explícitamente en el fragmento, pero en la práctica, la omisión de notificaciones o la falta de competencia podrían derivar en nulidad del acto o en la improcedencia del procedimiento.

No se establecen plazos, términos o vigencias específicos en el fra