Volver a Formatos

Resolución dictada en jurisdicción voluntaria para autorizar la venta de un inmueble de un menor de edad

Jurisdicción voluntaria

Concepto

Autorización judicial para enajenación de bienes de menores en jurisdicción voluntaria

Palabras Clave

Formato Enajenación Bienes Menores Jurisdicción Voluntaria Autorización Judicial Interés Superior Menores Designación Tutor Peritaje Valuación Responsabilidad Legal Tutor Resolución Dictada

Resumen

El objeto principal del documento es obtener la autorización judicial para la venta de un inmueble propiedad de menores de edad, en el contexto de un procedimiento de jurisdicción voluntaria. La finalidad de dicha venta es destinar los recursos obtenidos a la manutención y educación de los menores, bajo la vigilancia del tutor designado y con la supervisión del Juzgado.

Los sujetos jurídicos relevantes son los promoventes, en su calidad de padres y representantes legales de los menores, específicamente Jorge y Herminia, así como los menores de edad (Dalia Guadalupe, Elizabeth, Norma Lilia Grace, Adriana del Rocío, Santiago de Jesús), quienes son los propietarios del inmueble objeto de la enajenación. Además, intervienen el tutor designado, el perito valuador y el Ministerio Público, en calidad de garantes del interés superior de los menores y de la legalidad del procedimiento.

Las obligaciones, derechos y facultades en favor de las partes incluyen:

  • La facultad del Juez para autorizar la venta del inmueble, previa constatación del cumplimiento de requisitos legales y la existencia de urgencia y necesidad justificadas.
  • La obligación del tutor de representar a los menores, rendir cuentas y administrar los recursos derivados de la venta bajo supervisión judicial.
  • La facultad del Juez de nombrar peritos para la valuación del inmueble y del dominio directo que corresponde a los menores.
  • La obligación del notario de formalizar la escrituración una vez autorizada la venta y remitir el expediente para su protocolización.

El procedimiento requiere:

  • La promoción por escrito de la solicitud de autorización, acompañada de documentación probatoria, incluyendo actas del Registro Civil y escrituras públicas.
  • La exhibición de la escritura original y la sustanciación de autos mediante auto judicial que reconozca la minoridad y nombre del tutor.
  • La intervención del Ministerio Público y peritos en la val