Concepto
Procedimiento de resolución de recursos de revocación en cobranza fiscal
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es emitir una resolución de revocación que confirma la validez de la notificación y la legalidad del procedimiento de cobranza, específicamente en relación con un crédito fiscal y una diligencia de requerimiento de pago y embargo.
Los sujetos jurídicos relevantes incluyen al contribuyente, en calidad de parte demandada o afectada, y a la Administración Local Jurídica y de Recaudación del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en calidad de autoridad emisora y ejecutora de las resoluciones y notificaciones.
Las obligaciones y facultades en favor de la autoridad consisten en:
- Practicar notificaciones válidas y legales, conforme a los procedimientos establecidos en el Código Fiscal de la Federación y el Reglamento Interior del SAT.
 - Emitir resoluciones fundamentadas y motivadas respecto a los recursos de revocación interpuestos.
 - Confirmar o revocar las notificaciones y procedimientos administrativos de ejecución.
 - Desestimar recursos por falta de agravios o por cumplimiento de requisitos legales.
 
En favor del contribuyente, se establecen derechos de impugnar las notificaciones, diligencias y resoluciones, así como la facultad de presentar recursos administrativos y, en su caso, acudir al juicio contencioso administrativo.
Respecto a los procedimientos, el documento detalla:
- La admisión y sustanciación del recurso de revocación, incluyendo la exhibición de pruebas por parte del promovente.
 - La notificación y términos para ampliar el recurso, señalando que en caso de no hacerlo, se considera consentida la resolución.
 - La valoración de la legalidad de las notificaciones y procedimientos de ejecución, con base en las constancias del expediente.
 - La emisión de una resolución que confirma la validez de la notificación y la legalidad del procedimiento, y que desestima el recurso.
 - La comunicación de las consecuencias jurídicas, incluyendo la confirmación de la validez del crédito fis
 
