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Sentencia de Primera Instancia para Efectos

Formularios de amparo directo

Concepto

Protección del derecho a la educación mediante amparo contra actos administrativos

Palabras Clave

Formato Derecho A La Educación Autoridades Responsables Fundamentación Y Motivación Audiencia Constitucional Nulidad De Actos Reinscripción Escolar Plazos Procesales Sentencia Primera

Resumen

El objeto principal del documento es emitir una resolución judicial en un juicio de amparo, específicamente para resolver sobre la legalidad de actos administrativos relacionados con la negativa de reinscripción y baja de una menor en una escuela de participación social, garantizando la protección de derechos constitucionales de los actores involucrados.

Los sujetos jurídicos relevantes son:

  • La parte quejosa, en su carácter de madre y representante legal de la menor, beneficiaria del amparo.
  • La menor, como titular del derecho fundamental a la educación.
  • Las autoridades responsables, entre ellas, la Directora de la Escuela de Participación Social número 1, la Coordinadora Sectorial de Educación Primaria, y las autoridades educativas que emitieron los actos reclamados, incluyendo el aviso de baja y la negativa de reinscripción.

Las obligaciones, derechos y facultades establecidas en favor de la parte quejosa incluyen:

  • La obligación de las autoridades responsables de fundar y motivar sus actos administrativos, en cumplimiento del artículo 16 constitucional.
  • El derecho de la menor a recibir educación pública gratuita y obligatoria, garantizado por los artículos 3°, 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y la Constitución Mexicana.
  • La facultad del juez de conceder el amparo para restituir derechos vulnerados, invalidar actos inconstitucionales y ordenar la reinscripción o la nulidad de actos administrativos que contravengan derechos constitucionales.

Los procedimientos y formalidades requeridas comprenden:

  • La admisión y desahogo de la demanda de amparo, con la presentación de informes justificados por las autoridades responsables.
  • La celebración de audiencia constitucional, en la cual se deben oír a las partes y verificar la existencia de prueba suficiente.
  • La emisión de resolución fundada y motivada, en la que se deben señalar expresamente los preceptos legales aplicables y las circunstancias particulares.
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