Concepto

Procedimiento de extinción por caducidad de facultades fiscales

Palabras Clave

Formato Solicitante Administrador Local Sat Plazo Legal Pruebas Documentales Respuesta Y Resolución Artículo 67 Cff Consecuencias Jurídicas Solicitud Caducidad

Resumen

El objeto principal del documento es solicitar formalmente la declaración de extinción por caducidad de las facultades del fisco federal para determinar o liquidar el impuesto, recargos o imponer sanciones, en virtud de la prescripción de la acción fiscal.

Los sujetos jurídicos relevantes son el solicitante, quien actúa en calidad de contribuyente o tercero interesado, y el Administrador Local del Servicio de Administración Tributaria (SAT), como autoridad fiscal competente, en su circunscripción correspondiente.

Las obligaciones en favor del solicitante consisten en presentar una solicitud formal que cumpla con los requisitos establecidos, incluyendo la exposición de hechos, fundamentos jurídicos, y la identificación de pruebas. La autoridad tiene la obligación de responder y resolver conforme a derecho, declarando o negando la extinción por caducidad.

El procedimiento requiere que el solicitante formule la petición mediante una solicitud escrita, acompañada de pruebas documentales pertinentes, como el acta de visita domiciliaria, y que esta sea presentada dentro del plazo legal correspondiente. La solicitud debe ser respetuosa y formal, y se debe señalar claramente la petición concreta.

Las consecuencias jurídicas por el incumplimiento o por la resolución favorable son la extinción de las facultades del fisco para determinar, liquidar o sancionar, lo cual implica la inoponibilidad de la autoridad fiscal respecto de las omisiones o hechos narrados, siempre que la solicitud sea procedente y se declare en los términos solicitados.

El plazo para que opere la caducidad, y por ende la extinción de facultades, es de más de cinco años desde los hechos o actos que se denuncian, conforme al artículo 67 del Código Fiscal de la Federación, lo que debe ser claramente acreditado en la solicitud.

No se especifican condiciones suspensivas o resolutorias explícitas en el fragmento, pero la existencia de una **incon