Concepto
Declaración de ejecutoría de sentencia en arrendamiento inmobiliario
Palabras Clave
Resumen
El presente documento tiene por objeto solicitar al Juez de Arrendamiento Inmobiliario que declare la ejecutoría de la sentencia definitiva dictada en el proceso correspondiente, con el fin de que esta produzca efectos legales plenos y vinculantes para las partes.
Los sujetos jurídicos relevantes son el solicitante, quien actúa en su propio nombre y con personalidad acreditada, y el Juez de Arrendamiento Inmobiliario a quien va dirigido el escrito.
La obligación principal del solicitante es presentar una petición formal fundamentada en el artículo 428 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, solicitando la declaración de ejecutoría. La facultad que se le reconoce es solicitar al órgano jurisdiccional que declare la ejecutoria de la sentencia, para efectos procesales y ejecutivos.
El trámite consiste en la presentación de un escrito formal, en el que se expone la solicitud, fundamentada en la normativa aplicable, y en el que se pide al juez que, en virtud de lo solicitado, acuerde en los términos expresados. La formalidad incluye la firma del solicitante y la incorporación de la fecha y lugar.
No se establecen expresamente consecuencias jurídicas por incumplimiento en este fragmento, pero en la práctica, la omisión de solicitar la declaración de ejecutoría o la falta de cumplimiento de los requisitos podría retrasar la ejecución de la sentencia o afectar la validez del trámite.
No se mencionan plazos específicos, términos o vigencias en este fragmento, aunque en la práctica, la declaración de ejecutoría puede estar sujeta a plazos procesales establecidos en la ley.
No se contemplan condiciones suspensivas, resolutorias u otros supuestos especiales en este machote, dado que su finalidad es una solicitud concreta y formal.
Este documento se relaciona con la figura jurídica de la ejecutoria de sentencia, siendo un acto procesal que busca dar cumplimiento y fuerza ejecutiva a una resolución judicial previa. A
