Solicitud para que se fije fianza y se levante el secuestro provisional
Contratos laboralesConcepto
Procedimiento para fijación y exhibición de fianza en secuestro provisional laboral
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es solicitar formalmente ante la H. Junta de Conciliación y Arbitraje que se fije el monto de la fianza necesaria para garantizar la cantidad establecida en el secuestro provisional de bienes de la parte demandada, con el fin de que, una vez exhibida dicha fianza, se proceda al levantamiento del secuestro privisional decretado en el expediente correspondiente. La finalidad es asegurar la protección del interés del solicitante en el proceso laboral, permitiendo la liberación de los bienes en cuestión mediante la garantía de pago o cumplimiento.
Los sujetos jurídicos relevantes son:
- El apoderado legal de la parte solicitante o representada, quien presenta la petición y acredita su personalidad mediante documento correspondiente.
- La Junta de Conciliación y Arbitraje, en su carácter de autoridad competente para resolver la solicitud y ordenar las medidas procesales.
- La parte demandada o deudora, cuyos bienes están sujetos al secuestro y cuya responsabilidad se garantiza con la fianza.
Las obligaciones y facultades establecidas en favor del solicitante comprenden:
- La de presentar la solicitud formal para que se fije la fianza y se levante el secuestro, en los términos del artículo 863 de la Ley Federal del Trabajo.
- La de exhibir la fianza en el plazo que la autoridad determine, para obtener el levantamiento del secuestro.
- La reconocimiento de la personalidad del apoderado y la presentación de la documentación que acredite su representación.
Las formalidades requeridas incluyen:
- La presentación de la solicitud por escrito dirigida a la autoridad competente, acompañada del documento que acredite la representación.
- La identificación y señalamiento del domicilio para oír notificaciones.
- La mención expresa del monto de la fianza y la referencia a la resolución que decretó el secuestro provisional, así como la cita del **artículo 863 de la Ley Federal de
