Concepto
Autorización judicial para acciones en proceso sucesorio intestamentario
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es solicitar autorización judicial para que el compareciente, en calidad de Interventor en un proceso sucesorio intestamentario, pueda promover las acciones legales necesarias para recobrar los bienes del causante y hacer valer los derechos relativos a dichos bienes.
Los sujetos jurídicos relevantes son el Interventor designado, quien actúa en representación del proceso sucesorio, y la autoridad jurisdiccional (C. Juez de lo Familiar del Distrito Federal), que es la instancia a la que se dirige la petición. Además, se hace referencia a los beneficiarios o herederos potenciales del patrimonio del causante, aunque no se mencionan expresamente en el fragmento.
Las obligaciones y derechos establecidos en favor del solicitante consisten en la facultad de promover demandas, contestar las que se interpongan en su contra, y gestionar la recuperación y protección de los bienes hereditarios. La autoridad judicial tiene la obligación de atender la solicitud y proveer conforme a lo solicitado, en ejercicio de su potestad jurisdiccional.
El procedimiento o trámite requerido es la presentación formal del escrito de solicitud ante la autoridad competente, fundamentado en el artículo 836 de la Ley Adjetiva Civil para el Distrito Federal, solicitando expresamente la autorización para actuar en el proceso sucesorio intestamentario. La formalidad incluye la firma, la mención de la fecha y el lugar, y la expresión de respeto hacia la autoridad.
No se establecen expresamente consecuencias jurídicas por incumplimiento en el fragmento, aunque en general, la omisión de solicitar o obtener la autorización judicial correspondiente podría afectar la validez de las acciones promovidas por el Interventor, pudiendo derivar en la nulidad de los actos realizados sin la debida autorización.
No se especifican plazos, términos o vigencias concretas en el fragmento, aunque la fecha de la solicitud (22 de noviembre) indica un momento procesal determinad
