Solicitud de Notificación de Sentencia en Juicio de Arrendamiento
Juicio de arrendamientoConcepto
Notificación personal de sentencia en juicio civil de arrendamiento
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es solicitar formalmente la notificación personal de la sentencia dictada en un juicio de arrendamiento inmobiliario, en favor del demandado, mediante orden judicial al actuario adscrito al juzgado.
Los sujetos jurídicos relevantes son el actor, quien actúa en su propio derecho con personalidad acreditada, el demandado, y el juez competente del juzgado correspondiente en el Distrito Federal. Además, se menciona al actuario como funcionario encargado de realizar la notificación.
Las obligaciones establecidas en favor del actor consisten en solicitar al juez que ordene la notificación personal de la sentencia al demandado, cumpliendo con los requisitos procesales previstos en el art. 114, fracc. VI, del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal. La obligación del juez es acordar conforme a la petición y ordenar la notificación, en tanto que el actuario tiene la facultad y el deber de realizarla.
El procedimiento o trámite requerido es la presentación de la solicitud de notificación por parte del actor, la petición formal al juez para que ordene la notificación personal, y la emisión del acuerdo judicial correspondiente. La formalidad principal es la petición escrita, acompañada de la firma y la personalidad del solicitante, además de la referencia a la sentencia a notificar.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento incluyen la posible nulidad de la notificación, la vulneración del derecho del demandado a conocer la sentencia en tiempo y forma, y la posible afectación del proceso en su validez. La omisión de realizar la notificación ordenada puede afectar la ejecución de la sentencia y los derechos de las partes.
No se establecen plazos específicos en el machote, pero implícitamente la orden de notificación debe cumplirse en el término que determine el juez, conforme a las disposiciones procesales aplicables. La solicitud y la resolución del juez deben realizarse en el marco del proceso y en los términ
