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Solicitud para el pago de cuotas obreropatronales en parcialidades

Contratos laborales

Concepto

Solicitud de pago en parcialidades y garantía de interés fiscal ante IMSS

Palabras Clave

Formato Representación Legal Autoridad Receptora Pago En Parcialidades Fianza O Garantía Artículo 66 Código Fiscal Plazo 36 Meses Interés Fiscal Garantizado Solicitud Pago

Resumen

El objeto principal del documento es solicitar formalmente al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) la autorización para pagar en parcialidades el crédito o capital constitutivo derivado de cuotas obreropatronales adeudadas por la empresa representante, en un plazo de 36 mensualidades, garantizando el interés fiscal mediante la constitución de una fianza o garantía.

Los sujetos jurídicos relevantes son: el representante legal de la negociación o patrón (quien comparece en calidad de apoderado general y presenta el poder correspondiente), y el Instituto Mexicano del Seguro Social (como autoridad receptora de la solicitud y responsable de autorizar el pago en parcialidades). Además, se identifican los asegurados y los números de afiliación relacionados con las cuotas en cuestión.

Las obligaciones y derechos establecidos en favor del solicitante incluyen: el derecho a solicitar la autorización para pagar en parcialidades conforme a lo dispuesto por el artículo 66 del Código Fiscal de la Federación, así como la obligación de constituir una fianza o garantía por el monto total del crédito para garantizar el interés fiscal. El IMSS tiene la facultad de reconocer la personalidad del solicitante, aceptar la solicitud y determinar el monto de la fianza.

Los procedimientos y formalidades requeridas comprenden: la presentación de una solicitud escrita con fundamento en los artículos legales aplicables, acompañada del poder notarial que acredite la representación, y la petición formal de autorización para pagar en parcialidades y de la fijación del monto de la fianza. Se debe señalar claramente el monto total del crédito, los bimestres correspondientes, y los asegurados afectados.

Las consecuencias jurídicas por incumplimiento no se detallan explícitamente en el fragmento, pero implícitamente, si no se garantiza el interés fiscal mediante la fianza, la autoridad puede negarse a autorizar el pago en parcialidades o exigir el pago total, además de que la falta de garant