Solicitud para someterse al procedimiento de mediación
Medios alternativos en la rama penalConcepto
Procedimiento de mediación alternativa en resolución de conflictos
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es solicitar formalmente la intervención del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal para someter un conflicto a un procedimiento de mediación, con la finalidad de alcanzar un acuerdo que permita la reparación de daños o resolución del conflicto de manera conciliatoria.
Los sujetos jurídicos relevantes son el solicitante, quien comparece en calidad de parte interesada y beneficiaria de la mediación; el invitado, que puede ser citado por la autoridad o mediador para participar en la mediación; y la autoridad del Centro de Justicia Alternativa, que es la encargada de proporcionar información, orientación, y de conducir el procedimiento de mediación.
Las obligaciones y derechos en favor del solicitante incluyen solicitar y recibir información y orientación sobre el servicio de mediación, así como promover la iniciación del procedimiento de mediación en relación con un conflicto específico. La autoridad tiene la facultad de citar a las partes, intervenir mediante mediadores oficiales o designados, y conducir el proceso de mediación con el fin de facilitar la solución amistosa del conflicto.
Los procedimientos y formalidades requeridas comprenden la presentación de la solicitud por escrito, en la que se expresan los datos del solicitante, el conflicto, y la petición de mediación; la ratificación de querellas o denuncias si las hubiere; la citación a las partes involucradas; y la posible intervención de mediadores oficiales del Centro. Además, se establece la posibilidad de que la autoridad solicite la intervención de un mediador externo si así lo considera pertinente.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento no se especifican explícitamente en los fragmentos, pero en la práctica, la no participación o incumplimiento de las obligaciones en el proceso de mediación podría derivar en la continuación del procedimiento judicial convencional, o en la nulidad de acuerdos alcanzados
