Concepto
Procedimiento de sucesión intestamentaria en vía especial
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es promover una sucesión intestamentaria respecto a bienes del de cujus, en la vía de tramitación especial, solicitando la declaración de la herencia y la publicación de edictos para convocar a posibles interesados.
Los sujetos jurídicos relevantes incluyen al denunciante (en calidad de ascendiente y heredera), al de cujus (fallecido), y a las autoridades y instituciones públicas (Juzgado, Procurador Social, Archivo de Instrumentos Públicos, Registro Público de la Propiedad) que deben informar sobre posibles disposiciones testamentarias. Además, se menciona la representación legal mediante abogado patrono, con facultades para recibir notificaciones y actuar en el proceso.
Las obligaciones y derechos establecidos en favor de la parte denunciante comprenden:
- La promoción del juicio de sucesión,
 - La presentación de pruebas documentales (acta de defunción, acta de nacimiento, etc.),
 - La solicitud de publicación de edictos, y
 - La petición de reconocimiento como única y universal heredera. Asimismo, se confiere al juzgador la facultad de ordenar las diligencias necesarias para la investigación de posibles disposiciones testamentarias.
 
Los procedimientos y formalidades incluyen:
- La presentación de escrito inicial con exposición de hechos y peticiones,
 - La designación de domicilio procesal y abogado patrono,
 - La solicitud de informes a las instituciones públicas,
 - La publicación de edictos en los términos del artículo 42 del Enjuiciamiento Civil,
 - La comprobación de la muerte del de cujus mediante actas certificadas,
 - La exhibición de documentos probatorios, y
 - La declaración de heredera única y universal en su momento procesal oportuno.
 
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento o en caso de que se detecten disposiciones testamentarias son:
- La posible nulidad o modificación de la declaración de herederos si se acredita la existencia de un testamento,
 - La ne
 
