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Modelo de Contrato Promesa de Compraventa

Contratos civiles

Concepto

Promesa bilateral de compraventa de inmueble

Palabras Clave

Modelo Obligaciones De Hacer Condición Resolutoria Expresa Plazo Para Formalización Partes Contratantes Derechos Y Obligaciones Recíprocos Incumplimiento Contractual Derecho Civil Mexicano Contrato Promesa

Resumen

El presente contrato preparatorio de promesa de compraventa tiene por objeto establecer un compromiso bilateral entre el “PROMITENTE VENDEDOR” y el “PROMITENTE COMPRADOR” para la celebración futura de un contrato de compraventa definitiva respecto a un inmueble específico.

Los sujetos jurídicos relevantes son las partes contratantes, identificadas como promisor y prometido, quienes asumen obligaciones y derechos recíprocos en virtud del presente instrumento.

El “PROMITENTE VENDEDOR” declara ser propietario del inmueble en cuestión y se obliga a formalizar, otorgar y firmar el contrato de compraventa definitivo en el plazo establecido en la cláusula primera. El “PROMITENTE COMPRADOR” se compromete a adquirir el inmueble y a pagar el precio convenido, además de aceptar y pagar los gastos de escrituración cuando se materialice la compraventa definitiva.

Las obligaciones principales consisten en que el “PROMITENTE VENDEDOR” promueve y se obliga a celebrar el contrato definitivo dentro del plazo señalado, mientras que el “PROMITENTE COMPRADOR” asume la obligación de pagar el precio y los gastos correspondientes en el momento de la formalización.

El documento establece un plazo determinado para la celebración del contrato definitivo, fijado en una fecha específica, que constituye un término esencial del acuerdo. La falta de celebración en dicha fecha implica la extinción del compromiso sin derecho a indemnización, lo que configura una condición resolutoria expresa.

Se especifica que el presente contrato solo genera obligaciones de hacer, es decir, la celebración futura del acto formal de compraventa, sin que existan obligaciones de dar o de pago en el momento presente.

En caso de incumplimiento por alguna de las partes en la formalización del contrato en la fecha pactada, se prevé la extinción del acuerdo sin penalidades ni indemnizaciones, estableciendo una condición resolutoria expresa que anula el compromiso.

El contrato no contempla cláusulas de