Concepto
Disolución y liquidación de sociedad conyugal por causales legales
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es promover una demanda de disolución y liquidación de la sociedad conyugal, sin que ello implique la disolución del vínculo matrimonial mediante divorcio, fundamentándose en causales específicas previstas en el Código Civil Federal.
Los sujetos jurídicos relevantes son el actor (quien interpone la demanda), en calidad de parte demandante, y el demandado (su cónyuge), en calidad de parte demandada. Además, se identifican los terceros acreedores a quienes se les han cedido derechos sobre los bienes de la sociedad conyugal, y los fedatarios públicos (notarios) que acreditan los contratos de cesión y dación en pago.
Las obligaciones y derechos en favor del actor incluyen:
- La terminación, disolución y liquidación de la sociedad conyugal por causa legal (cesión sin consentimiento, en este caso, según la fracción II del artículo 188 del Código Civil).
 - La obtención de un porcentaje del cincuenta por ciento sobre los bienes cedidos, conforme a la participación en la sociedad conyugal.
 - La recuperación de los gastos y costas del juicio. Las obligaciones en carga del demandado comprenden:
 - La cesión y dación en pago de bienes sin consentimiento de la parte actora.
 - La eventual responsabilidad por los actos realizados en perjuicio de la sociedad conyugal.
 
El procedimiento se rige por los trámites previstos en los artículos 255 a 277 del Código de Procedimientos Civiles, incluyendo:
- La admisión de la demanda mediante escrito presentado por el actor.
 - La notificación y emplazamiento al demandado para que conteste.
 - La sustanciación del juicio y la emisión de la sentencia definitiva.
Se requiere la presentación de documentos probatorios como actas de matrimonio, contratos notariales, copias certificadas, y contratos privados, manifestando su autenticidad y relación con los hechos alegados. 
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento incluyen la disolución de la sociedad conyugal, la liquidación de los biene
