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Modelo de Denuncia o Querella por Delitos de Fraude en Siniestro de Seguro Automóvil
Denuncias y querellasConcepto
Procedimiento penal y administrativo por fraude en seguros
Palabras Clave
 Modelo  Denunciante  Autoridades Investigadoras  Sujeto Pasivo Aseguradora  Procedimiento De Averiguación Previa  Pruebas Documentales Y Testimoniales  Responsabilidad Penal Y Sanciones  Plazos Procesales Y Condiciones Especiales  Denuncia  Querella 
Resumen
El presente documento tiene como objeto principal la formulación de una denuncia y/o querella por delitos de fraude y otros que resulten en la reclamación del pago de un siniestro derivado de una póliza de seguro de automóvil, en el contexto de un posible incumplimiento contractual y presuntas conductas ilícitas por parte del agente y la aseguradora.
Los sujetos jurídicos relevantes incluyen:
- El denunciante (persona física que presenta la denuncia),
 - El agente de seguros que ofertó y supuestamente celebró el contrato,
 - La empresa aseguradora involucrada,
 - Las autoridades (Ministerio Público y órganos investigativos),
 - La Comisión Nacional de Seguros y otras dependencias relacionadas.
 
Las obligaciones y derechos establecidos en favor del denunciante comprenden:
- La obligación de la aseguradora de expedir la póliza formal y válida,
 - La facultad del denunciante de reclamar la cobertura y el pago del siniestro,
 - La facultad de las autoridades de investigar y sancionar conductas ilícitas.
 
En cuanto a los procedimientos y formalidades, el machote contempla:
- La presentación formal de la denuncia ante el Ministerio Público,
 - La solicitud de inicio de la averiguación previa,
 - La práctica de pruebas testimoniales y documentales,
 - La petición de investigación a la Comisión Nacional de Seguros,
 - La exhibición de documentos que acrediten la entrega de dinero y la existencia de documentos falsificados o no válidos.
 
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento incluyen:
- La posible nulidad de los actos realizados por agentes no autorizados,
 - La responsabilidad penal por delitos de fraude y delitos federales,
 - La sanción administrativa por violaciones a la Ley de Instituciones de Seguros,
 - La obligación de la aseguradora de cubrir el valor de la unidad asegurada, en caso de acreditarse el daño y la responsabilidad.
 
