Concepto
Inicio del procedimiento penal por denuncia de encubrimiento
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del presente documento es constituir una denuncia formal por el delito de encubrimiento en contra de personas relacionadas con hechos delictivos específicos, con la finalidad de que la autoridad competente inicie la investigación y proceda conforme a derecho.
Los sujetos jurídicos relevantes son:
- El denunciante, quien comparece en calidad de persona afectada y presenta los hechos.
- El agente del Ministerio Público, autoridad encargada de recibir, admitir y dar trámite a la denuncia, así como de ejercer la acción penal.
- Las autoridades judiciales y procesales involucradas en la investigación y proceso penal.
Las obligaciones y facultades establecidas en favor del denunciante incluyen:
- La obligación de exhibir las pruebas que acrediten la propiedad de los objetos robados (facturas en original y copia fotostática).
- La obligación de proporcionar información sobre los hechos y las personas involucradas.
- La facultad de solicitar la protección de sus derechos y la intervención de la autoridad para la persecución del delito.
En cuanto a las formalidades, el documento requiere:
- La presentación formal ante el agente del Ministerio Público, señalando domicilio para oír notificaciones.
- La exposición clara y detallada de los hechos, incluyendo fechas, objetos, lugares y datos de las personas involucradas.
- La firma del denunciante y la fecha de la denuncia.
- La solicitud expresa de que la autoridad provea conforme a derecho.
No se especifican en el machote consecuencias jurídicas directas por incumplimiento, pero en la práctica, la omisión o falsedad en la denuncia puede acarrear sanciones penales por delitos de denuncia falsa o falsedad en declaraciones.
Respecto a los plazos, el documento no los menciona explícitamente; sin embargo, en el procedimiento penal mexicano, la denuncia debe ser recibida y turnada en un plazo razonable para su trámite, y la autor
