Concepto
Remate judicial en proceso ejecutivo mercantil
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es convocar y formalizar la realización de un remate judicial de un bien inmueble o negocio, en cumplimiento de una orden emanada de autoridad judicial en un proceso ejecutivo mercantil.
Los sujetos jurídicos relevantes son el Juez Décimo Primero de lo Civil, encargado de ordenar y supervisar el remate; el juzgador o autoridad judicial, responsable de emitir la orden; y las partes en el juicio, específicamente el promovente (acreedor o parte interesada) y la parte en contra (deudor o propietario del bien). Además, se identifican los postores que participan en el remate.
Las obligaciones en favor de la parte beneficiada incluyen cumplir con la orden judicial de remate, incluyendo la publicación del edicto, la realización del remate en la fecha y hora señaladas, y el pago del precio que cubra las condiciones establecidas (como la postura legal, que es la que cubre las dos terceras partes del avalúo). En carga del ejecutado o propietario, recae la obligación de entregar el bien en las condiciones señaladas.
El procedimiento establecido comprende la publicación del edicto en los términos y formalidades requeridas, incluyendo la colocación del sello con el Escudo Nacional, la identificación del expediente, la descripción del bien o negocio, la determinación del precio de avalúo, y la fijación de la fecha, hora y lugar del remate. La formalidad del edicto busca garantizar la publicidad y transparencia del proceso.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento o irregularidades en el proceso incluyen la nulidad del remate si no se cumplen los requisitos legales, o la imposibilidad de realizar el remate en caso de incumplimiento de las formalidades. La omisión en la publicación o en la notificación puede afectar la validez del acto.
El edicto especifica los plazos y términos para la realización del remate, señalando la fecha, hora y lugar exactos, además del tiempo para que los interes
